miércoles, 2 de abril de 2014

GUIAS DE SALUD OCUPACIONAL






SIMBOLOS UTILIZADOS EN SALUD OCUPACIONAL




LIÑAN HENAO GLADYS YULITZA


97011617631








Tutor: JORGE BALBERO OSORIO
Enfermero-Biólogo









SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE “SENA”
REGIONAL ANTIOQUIA
COMPLEJO TECNOLOGICO AGROINDUSTRIAL, PECUARIO Y TURISTICO
PROGRAMA TECNOLOGIA EN GESTION DE RECURSOS NATURALES
ID: 657478
COMPETENCIA SALUD OCUPACIONAL
Apartado – Antioquia
Marzo 2014




GUIAS





  LA LEY 100 DE 1993
PREAMBULO
El sistema de seguridad social integral es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos, de que disponen la persona y la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado y la sociedad desarrollen para proporcionar la cobertura integral de las contingencias, especialmente las que menoscaban la salud y la capacidad económica, de los habitantes del territorio nacional, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad.

PRINCIPIOS GENERALES DEL ARTÍCULO 1
Sistema de seguridad social integral. El sistema de seguridad social integral tiene por objeto garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afecten.
El sistema comprende las obligaciones del Estado y la sociedad, las instituciones y los recursos destinados a garantizar la cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y servicios complementarios, materia de esta ley, u otras que se incorporen normativamente en el futuro
ARTICULO N°2 Principios. El servicio público esencial de seguridad social se prestará con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación:
a)  Eficiencia. Es la mejor utilización social y económica de los recursos administrativos, técnicos y financieros disponibles para que los beneficios a que da derecho la seguridad social sean prestados en forma adecuada, oportuna y suficiente;
b)  Universalidad. Es la garantía de la protección para todas las personas, sin ninguna discriminación, en todas las etapas de la vida;
c)  Solidaridad. Es la práctica de la mutua ayuda entre las personas, las generaciones, los sectores económicos, las regiones y las comunidades bajo el principio del más fuerte hacia el más débil.
Es deber del Estado garantizar la solidaridad en el sistema de seguridad social mediante su participación, control y dirección del mismo.
Los recursos provenientes del erario público en el sistema de seguridad se aplicarán siempre a los grupos de población más vulnerables;
d)  Integralidad. Es la cobertura de todas las contingencias que afectan la salud, la capacidad económica y en general las condiciones de vida de toda la población. Para este efecto cada quien contribuirá según su capacidad y recibirá lo necesario para atender sus contingencias amparadas por esta ley;
e)  Unidad. Es la articulación de políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y prestaciones para alcanzar los fines de la seguridad social, y
f)  Participación. Es la intervención de la comunidad a través de los beneficiarios de la seguridad social en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en su conjunto.
PARAGRAFO.-La seguridad social se desarrollará en forma progresiva, con el objeto de amparar a la población y la calidad de vida.
ARTICULON°3Del derecho a la seguridad social. El Estado garantiza a todos los habitantes del territorio nacional, el derecho irrenunciable a la seguridad social.
Este servicio será prestado por el sistema de seguridad social integral, en orden a la ampliación progresiva de la cobertura a todos los sectores de la población, en los términos establecidos por la presente ley
ARTICULON°4
 Del servicio público de seguridad social. La seguridad social es un servicio público obligatorio, cuya dirección, coordinación y control está a cargo del Estado y que será prestado por las entidades públicas o privadas en los términos y condiciones establecidos en la presente ley.
Este servicio público es esencial en lo relacionado con el sistema general de seguridad social en salud. Con respecto al sistema general de pensiones es esencial sólo en aquellas actividades directamente vinculadas con el reconocimiento y pago de las pensiones.
LIBRO SEGUNDO
El sistema general de seguridad social en salud
TÍTULO I
Disposiciones generales
CAPÍTULO I
Objeto, fundamentos y características del sistema
ARTICULO.  152.-Objeto.  Reglamentado Parcialmente por el Decreto Nacional 374 de 1994. La presente ley establece el sistema general de seguridad social en salud, desarrolla los fundamentos que lo rigen, determina su dirección, organización y funcionamiento, sus normas administrativas, financieras y de control y las obligaciones que se derivan de su aplicación.
Los objetivos del sistema general de seguridad social en salud son regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso de toda la población al servicio en todos los niveles de atención.
Las competencias para prestación pública de los servicios de salud y la organización de la atención en salud en los aspectos no cobijados en la presente ley se regirán por las disposiciones legales vigentes, en especial por la Ley 10 de 1990 y la Ley 60 de 1993. Las actividades y competencias de salud pública se regirán por las disposiciones vigentes en la materia, especialmente la Ley 9ª de 1979 y la Ley 60 de 1993, excepto la regulación de medicamentos que se regirá por lo dispuesto en la presente ley.
ARTICULO.  153.-Fundamentos del servicio público. Además de los principios generales consagrados en la Constitución política, son reglas del servicio público de salud, rectoras del sistema general de seguridad social en salud las siguientes:
1.  Equidad. El sistema general de seguridad social en salud proveerá gradualmente servicios de salud de igual calidad a todos los habitantes en Colombia, independientemente de su capacidad de pago. Para evitar la discriminación por capacidad de pago o riesgo, el sistema ofrecerá financiamiento especial para aquella población más pobre y vulnerable, así como mecanismos para evitar la selección adversa.
2.   Obligatoriedad. La afiliación al sistema general de seguridad social en salud es obligatoria para todos los habitantes en Colombia. En consecuencia, corresponde a todo empleador la afiliación de sus trabajadores a este sistema y del Estado facilitar la afiliación a quienes carezcan de vínculo con algún empleador o capacidad de pago.
3.  Protección integral. El sistema general de seguridad social en salud brindará atención en salud integral a la población en sus fases de educación, información y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, en cantidad, oportunidad, calidad y eficiencia de conformidad con lo previsto en el artículo 162 respecto del plan obligatorio de salud.
4.  Libre escogencia. El sistema general de seguridad social en salud permitirá la participación de diferentes entidades que ofrezcan la administración y la prestación de los servicios de salud, bajo las regulaciones y vigilancia del Estado y asegurará a los usuarios libertad en la escogencia entre las entidades promotoras de salud y las instituciones prestadores de servicios de salud, cuando ello sea posible según las condiciones de oferta de servicios. Quienes atenten contra este mandato se harán acogedores a las sanciones previstas en el artículo 230 de esta ley.
5.  Autonomía de las instituciones.  Las instituciones prestadoras de servicios de salud tendrán, a partir del tamaño y complejidad que reglamente el gobierno, personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, salvo los casos previstos en la presente ley.
6.  Descentralización administrativa. La organización del sistema general de seguridad social en salud será descentralizada y de ella harán parte las direcciones seccionales, distritales y locales de salud. Las instituciones públicas del orden nacional que participen del sistema adoptarán una estructura organizacional, de gestión y de decisiones técnicas, administrativas y financieras que fortalezca su operación descentralizada.
7.  Participación social. El sistema general de seguridad social en salud estimulará la participación de los usuarios en la organización y control de las instituciones del sistema general de seguridad social en salud y del sistema en su conjunto. El Gobierno Nacional establecerá los mecanismos de vigilancia de las comunidades sobre las entidades que conforman el sistema. Será obligatoria la participación de los representantes de las comunidades de usuarios en las juntas directivas de la entidades de carácter público.
8.  Concertación. El sistema propiciará la concertación de los diversos agentes en todos los niveles y empleará como mecanismo formal para ello a los consejos nacional, departamentales, distritales y municipales de seguridad social en salud.
9.  Calidad. El sistema establecerá mecanismos de control a los servicios para garantizar a los usuarios calidad en la atención oportuna, personalizada, humanizada, integral, continua y de acuerdo con estándares aceptados en procedimientos y práctica profesional. De acuerdo con la reglamentación que expida el gobierno, las instituciones prestadoras deberán estar acreditadas ante las entidades de vigilancia.
ARTICULO.   154.-Intervención del Estado. El Estado intervendrá en el servicio público de seguridad social en salud, conforme a las reglas de competencia de que trata esta ley, en el marco de lo dispuesto en los artículos 48, 49, 334 y 365 a 370 de la Constitución Política. Dicha intervención buscará principalmente el logro de los siguientes fines:
a)  Garantizar la observancia de los principios consagrados en la Constitución y en los artículos 2º y 153 de esta ley;
b)  Asegurar el carácter obligatorio de la seguridad social en salud y su naturaleza de derecho social para todos los habitantes de Colombia;
c)  Desarrollar las responsabilidades de dirección, coordinación, vigilancia y control de la seguridad social en salud y de la reglamentación de la prestación de los servicios de salud;
d)  Lograr la ampliación progresiva de la cobertura de la seguridad social en salud permitiendo progresivamente el acceso a los servicios de educación, información y fomento de la salud y a los de protección y recuperación de la salud a los habitantes del país;
e)  Establecer la atención básica en salud que se ofrecerá en forma gratuita y obligatoria, en los términos que señale la ley;
f)  Organizar los servicios de salud en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad;
g)  Evitar que los recursos destinados a la seguridad social en salud se destinen a fines diferentes, y
h)  Garantizar la asignación prioritaria del gasto público para el servicio público de seguridad social en salud, como parte fundamental del gasto público social.
PARAGRAFO.-Todas las competencias atribuidas por la presente ley al Presidente de la República y al Gobierno Nacional, se entenderán asignadas en desarrollo del mandato de intervención estatal de que trata este artículo.





2.5 Ubique al lado de cada definición la sigla correspondiente



1) UNIDAD PRIMARIA DE ATENCIÓN: UPA

2) FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL: FSP

3) PLAN NACIONAL DE SALUD PÚBLICA: PNSP

4) ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD: EPS

5) SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO: SOAT

6) SISTEMA GENERAL DE PENSIONES :SGP

7) UNIDAD PROGRAMÁTICA INSTITUCIONAL: UPI

8) CENTRO DE ATENCIÓN AMBULATORIA: CAA

9) PLAN DE ATENCIÓN MATERNO INFANTIL: PAMI

10) SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALES

11) PENSIÓN DE INVALIDEZ POR RIESGO COMÚN: PIRC

12) SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD: SGSSS

13) SISTEMAS LOCALES DE SALUD: SILOS

14) ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES: AFP

15) INSTITUCIÓN PRESTADORA DE SERVICIOS: IPS

16) ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL: ATEP

17) PLAN DE ATENCIÓN EN SALUD

18) SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

19) ADMINISTRADORA DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO: ARS

20) AUTOLIQUIDACIÓN DE APORTES POR COTIZACIÓN: ALC

21) PLAN AMPLIADO DE INMUNIZACIONES:

22) ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES: ARP

23) UNIDAD DE PAGO POR CAPITACIÓN: UPC

24) ENTIDAD SOCIAL DEL ESTADO: ESE

25) UNIDAD DE PAGO POR CAPITACIÓN SUBSIDIADA: UPCS

26) PLAN OBLIGATORIO DE SALUD:1. ¿Que crea la ley 100 de 1993 y defínalo?
Crea El Sistema de Seguridad Social Integral (SSSI).
Definición: Es un conjunto de entidades publicas y privadas, normas y procedimiento, cuya coordinación y control esta a cargo del estado.
2. ¿Cuáles son los Regímenes del S.G.S.S.I.?  Defínalos
SISTEMA GENERAL DE PENSIONES: Tiene por objeto garantizar a la población el amparo, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones consagradas en la ley, así como propender por la ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertas en un sistema de pensiones.

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD: es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos destinados a garantizar a toda la población el servicio público esencial de salud.

SISTEMAS GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES: es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles en ocasión o consecuencia del trabajo que desarrollen
SERVICIOS SOCIALES COMPLEMENTARIOS: la ley 100 estableció:
A. El subsidio de vejez para los ancianos con el fin de apoyarlos económicamente con un auxilio hasta por el 50% del salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) y . Los requisitos para acceder al programa de auxilio para ancianos indigentes son:
ser colombiano.
tener 65 años o más de edad.
haber residido durante los últimos 10 años en el territorio nacional.
carecer de rentas o ingresos insuficientes para subsistir o encontrarse en condición de extrema pobreza o indigencia.
recibir  atención de una institución prestadora de servicio, sin animo de lucro para la atención de ancianos indigentes, limitados física o mental.
No depender económicamente de persona alguna.
El plan complementario para los ancianos debe contener:
Educación sobre reconocimiento positivo de la vejez y el envejecimiento.
Programas culturales, de recreación y turismo
Programas de preparación para la jubilación
        B. Subsidio para el desempleado.
Régimen/ características

contributivo
subsidiado
vinculado
Asalariados y trabajadores   independientes
Población pobre y vulnerable, identificadas por el SISBEN estratos 1, y 2
Pobres y no pertenecientes a algunos de los regimenes estratos 0, 3 y 4
Entidades afiliadoras
EPS
EPS – ESS, CCF
Se trasladan al subsidiados existencia de recursos
Entidades prestadoras de servicios
IPS publicas o privadas
IPS, ESE
ESE
Aportes
12.5% de salario, cuotas moderadoras y COPAGOS
Cuota de participación o recuperación
Pago de tarifas sin capacidad económica
financiación
Aportes del empleador y trabajador
FOSYGA, 1% régimen contributivo
Recursos estatales del subsidio a la oferta
Posibilidad  de cto en cobertura
Incremento en fuentes de empleo
Incremento en recursos fiscales
Por traslado a régimen subsidiado
4. ¿Elabore un cuadro comparativo entre el régimen contributivo  y subsidiado del El S.G.S.S.S y defínalos.
REGIMEN CONTRIBUTIVO: es un conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al sistema general de seguridad social en salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotizaron individual o familiar o un aporte económico precio financiado directamente por el afiliado o en  concurrencia entre éste y su empleador.
Son afiliados as personas que tienen  un contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados, jubilados y trabajadores independientes con capacidad de pago.
REGIMEN SUBSIDIADO: es el conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y su núcleo familiar al SGSSS, cuando tal vinculación se hace a través de pago total o parcial de una unidad de pago por capitación subsidiada, en recursos fiscales o de solidaridad.





5. ¿Cuáles son los afiliados al SGSSS mediante el régimen contributivo?
Según la ley todos los empleados, trabajadores independientes y los pensionados deben estar afiliados al régimen contributivo la responsabilidad del empleado es del empleador y del pensionado es del fondo de pensionados.
6. ¿Cuales son los afiliados al SGSS mediante el régimen subsidiado?
Todas las personas pobres y vulnerables del territorio nacional identificadas en los niveles 1 y 2 de pobreza del SISBEN  que no tenga capacidad de cotizar al régimen contributivo y en consecuencia recibirán un subsidio parcial o total de estado para completar el valor de la UPC subsidiada.
7. ¿Cuáles son las personas vinculadas al SGSSS?
Son las personas que no tiene capacidad de pago y no logran ser beneficiarios del      régimen subsidiado.
El municipio tiene la responsabilidad de garantizar la atención en salud de primer nivel con cargo a los recursos del situado fiscal como subsidio a la oferta.
8. ¿Cuáles son los deberes que debe cumplir los usuarios del SGSSS?
procurar el cuidado integral de su salud y lo de su comunidad
afiliarse con su familia al SGSSS
facilitar el pago, y pagar cuando le corresponde, las cotizaciones y dinero a que haya lugar.
suministrar información veraz, clara y completa saber su estado de salud y los ingresos base de su cotización
vigilar el cumplimiento de las obligaciones entidades por los empleadores a los que se refieren la ley 100 de 1993.
cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de los profesionales e instituciones que le prestan atención en salud.
cuidar y hacer uso racional de los recursos, las instalaciones, la dotación, así como de los servicios y prestaciones sociales y laborales.
garantizar su presencia en los mecanismos de  participación ciudadana para controlar el SGSSS tanto a nivel departamental como local (municipal).
9. ¿Qué es el POS y defínalo?
Es el Plan Obligatorio de Salud
Es un conjunto de servicios de salud a los cuales tiene derecho los afiliados al SGSSS.
Comprende acciones de:
Consulta médica y odontológica
Hospitalización
Atención de urgencias
Actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad
Cirugía
Exámenes de laboratorio
Medicamentos esenciales en su denominación genérica
10. ¿Qué es el PNSP y cuales actividades contempla?
Es un plan gratuito prestado por el estado o particulares contratados por el estado, contiene acciones de salud pública como:
Información y educación para la salud
Prevención primaria
DX precoz
11. ¿Según la cobertura familiar del POS. Son beneficiarios del sistema?:
El cónyuge o compañero(a) permanente con una unión superior a 2 años.
Hijos menores de 18 años que dependan económicamente del afiliado
Hijos de cualquier edad con incapacidad permanente y que depende económicamente del afiliado.
Hijos entre 18 y 25 años estudiantes y con dependencia económica del afiliado.
Hijos de compañeros(as) establecido (menores de 18 y con incapacidad)
A falta de cónyuge o compañero(a) y de hijos, los padres del afiliado que no estén pensionados y dependan económicamente de este.
12. ¿Qué son las EPS y cuál es su función principal?:
Son las Entidades promotoras de salud, su función principal son:
Afiliar, registrar, cotizar a los afiliados
Recaudo de cotización
Organizar y garantizar la prestación del POS
13. ¿Qué son las IPS y cuáles son las funciones principales:
Son las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, sus funciones son:
Prestar a los afiliados y  beneficiarios dentro de los parámetros legales y contractuales, los servicios de salud en su nivel de atención correspondiente.
Ofertar los servicios de salud
Ejecutar los planes obligatorios
Ofrecer los planes complementarios
14. Defina que es el FOSYGA:
Es una fuente de financiación de SGSSS fondos de solidaridad y garantía.
Su Función principal: garantizar que la solidaridad del sistema funciones llegue a todos los niveles de la población.
TALLER Nº 2
1: ¿Qué ES IBC?
Es el Ingreso Base de Cotización
Es el monto del salario sobre el cual se aplica el porcentaje de cotización a pensión. Es importante tener en cuenta que la Ley dispuso como tope máximo de IBC para todos los trabajadores 25 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Para trabajadores bajo el régimen de salario integral (más de 10 SMMLV) el IBC corresponde al 70% del salario siempre y cuando ese valor no exceda el tope máximo de 25 salarios mínimos.
Ejemplo:
• Para un trabajador cuyo salario es de $800.000, como el salario es menor a 25 SMMLV y no es integral, su IBC será $800.000
• Un trabajador con salario integral devenga mínimo $5.515.000 (10 SMMLV) más un factor prestacional que no puede ser inferior al 30% de ese valor, ($1.545.000), para un total de $6.695.000. En este caso su IBC es $4.686.500 ($6.695.000 x 70%)
• Para un trabajador cuyo salario es de $14´000.000, como gana más de 25 salarios mínimos, su IBC será de $12´875.000 ($515.000 x 25).




2: ¿Que es un salario integral?
El Salario integral es aquel salario en el que se considera que ya esta incluido dentro del valor total del salario, además del trabajo ordinario, las prestaciones, recargos y beneficios tales como el correspondiente al trabajo nocturno, extraordinario, dominical y festivo, el de primas legales, extralegales, las cesantías y sus intereses, subsidios y suministros en especie; y en general, las que se incluyan en dicha estipulación.

Dentro del salario integral, no se considera incluidas ni remuneradas las vacaciones, por lo que un empleado, aun con la figura de salario integral, tiene todo el derecho de disfrutar sus vacaciones plenamente según lo estipulado por el código sustantivo del trabajo.

Igualmente, el Salario integral no esta exento de los aportes a seguridad social y los Aportes parafiscales, lo cuales se deben aportar según establece la norma.

Ahora, para que se pueda considerar un salario integral, este no puede ser inferior a 10 salarios mínimos legales [5.895.000 para el 2013], mas un 30% considerado factor prestacional [1,768,500 para el 2013], es decir, que un salario para que sea considerado legalmente como salario integral, debe ser de por lo menos 13 salarios mínimos legales, que para el 2013 equivale a $7.663.500. [Salario mínimo 2013 $589.500]

Como el salario integral debe aportar igualmente parafiscales y sobre Seguridad social, la base para estos, es el 70% del salario integral, entendiéndose este como el 100% mas el 30% de factor prestacional, por lo que este se dividirá por 1.3 para determinar la base sobre la cual se aportaran los pagos parafiscales y a seguridad social.

¿Qué es un trabajador independiente?
Se entiende por trabajador independiente o trabajadores independientes aquellas personas que no están vinculadas a una empresa mediante un contrato de trabajo, sino mediante un contrato de servicios y son remunerados bajo la figura de honorarios o comisiones.
3 ¿Cómo es la cotización de la contratación no laboral (contratistas independientes)?
Parágrafo 1. En el caso de los trabajadores independientes se aplicarán los siguientes principios:
El ingreso base de cotización no podrá ser inferior al salario mínimo y deberá guardar correspondencia con los ingresos efectivamente percibidos por el afiliado. De tal manera que aquellos que posean capacidad económica suficiente, efectúen los aportes de solidaridad previstos en esta ley;
Podrán efectuarse pagos anticipados de aportes;
El Gobierno Nacional establecerá un sistema de descuento directo de aportes para permitir el pago directo de los mismos;
Las administradoras no podrán negar la afiliación de los trabajadores independientes ni exigir requisitos distintos a los expresamente previstos por las normas que las rigen;
Los aportes podrán ser realizados por terceros a favor del afiliado sin que tal hecho implique por sí solo la existencia de una relación laboral;
Para verificar los aportes, podrán efectuarse cruces con la información de las autoridades tributarias y, así mismo, solicitarse otras informaciones reservadas, pero en todo caso dicha información no podrá utilizarse para otros fines.
4 ¿Describa  brevemente  en que consiste  la afiliación colectiva?
La afiliación colectiva es aquella que se realiza a través de agremiaciones o asociaciones que agrupen diferentes afiliados con nexos comunes o por asentamientos geográficos. En todo caso el afiliado será responsable por el pago de sus cotizaciones, y podrá cambiar de Entidad Promotora de Salud, de manera individual, aunque la selección inicial se haya efectuado a través de una asociación.
Realice un flujograma de un grupo familiar  donde explique los requisitos para su afiliación de régimen contributivo
5. Como se da la afiliación de miembros adicionales al grupo familiar?
AFILIACION DE MIEMBROS ADICIONALES DEL GRUPO FAMILIAR. La Ley 100 de 1993 Art 163, reglamentado por el Decreto 806 de 1998, estableció la posibilidad que el afiliado que este cotizando directamente pueda afiliar a su grupo familiar al regimen contributivo así:
1-Beneficiarios directos de una persona. Ver concordancia.
2- Otros como BENEFICIARIOS ADICIONALES siempre y cuando en este último caso se cumplan algunos requisitos.
REQUISITOS PARA INCLUIR BENEFICIARIOS ADICIONALES
Lo debe hacer el cotizante.
Deben depender económicamente. Se entiende que existe dependencia económica cuando una persona recibe de otra los medios necesarios para su congrua subsistencia.
Que sean menores de 12 años aunque no sean consanguíneos.
O a cualquier edad que tenga parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad (hijos, nietos, bisnietos, padres, abuelos, bisabuelos, hermanos, tíos, sobrinos) Art. 40 Decreto 806 de 1998.
Hijos mayores de 18 años y menores de 25 años que no estén estudiando.
Hijos mayores de 25 años

6: en qué casos se da la suspensión y la desafiliación al sistema. Dé ejemplo de cada uno
Artículo 9°. Suspensión de la afiliación. Además de las causales previstas en el artículo 57 del Decreto 1406 de 1999, la afiliación será suspendida cuando no se presenten los soportes exigidos para los beneficiarios de que tratan los artículos 3°, 5°, 6° y 7° en los términos establecidos en el presente decreto.
La prestación de los servicios de salud que requieran los beneficiarios suspendidos por esta causa, serán de cargo del afiliado cotizante del cual dependen.
Cuando se acredite la condición de beneficiario antes de que opere la desafiliación, se levantará la suspensión y la EPS tendrá derecho a recibir las correspondientes UPC por los períodos de suspensión.
Desafiliación
Artículo 10. Desafiliación. La desafiliación al Sistema ocurre en la entidad promotora de salud, EPS, a la cual se encuentra inscrito el afiliado cotizante y su grupo familiar, en los siguientes casos:
a) Transcurridos tres (3) meses continuos de suspensión de la afiliación por causa del no pago de las cotizaciones o del no pago de la UPC adicional, al Sistema General de Seguridad Social en Salud;
b) Cuando el trabajador dependiente pierde tal calidad e informa oportunamente a la entidad promotora de salud, EPS, a través del reporte de novedades, que no tiene capacidad de pago para continuar afiliado al Régimen Contributivo como independiente;
c) Cuando el trabajador independiente pierde su capacidad de pago e informa a la entidad promotora de salud, EPS, tal situación, a través del reporte de novedades;
d) Para los beneficiarios, cuando transcurran tres meses de suspensión y no se entreguen los soportes de la afiliación requeridos por la entidad promotora de salud, EPS, en los términos establecidos en el presente decreto;
e) En caso de fallecimiento del cotizante, también se producirá la desafiliación de sus beneficiarios, por no haberse procedido por cualquier medio a reportar la novedad a la entidad promotora de salud, EPS.
Parágrafo. Las entidades promotoras de salud, EPS, presentarán semestralmente informes consolidados a la Superintendencia Nacional de Salud sobre los casos de desafiliación que se presenten en el Sistema.

7: ¿Que son periodos de carencia?
Es el tiempo durante el cual las coberturas aún no están activas luego de la fecha de inicio de su póliza. Todo diagnóstico y/o enfermedad manifestada durante este período no estará sujeto a cobertura
8: ¿cómo se deben solucionar las multiafiliaciones entre  EPS?
La multiafiliación consiste en que un cotizante o sus familiares y beneficiados pasan de una EPS a otra por cambio de la empresa donde trabaja o por decisión personal, y tanto él como sus protegidos quedan en los inventarios de las dos entidades, incidiendo directamente en el cobro y cancelación de la Unidad de Pago por Capitación que reconoce el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) como compensación por los servicios médico asistenciales
El Decreto 806 de 1998, en el artículo 48 define la multiafiliación al sistema de seguridad social en salud como la afiliación simultánea de una persona a dos o más entidades pertenecientes al régimen contributivo, o la afiliación tanto al régimen contributivo y al subsidiado.

La multiafiliación se presenta en los siguientes casos:

1. Cuando una persona se encuentra afiliada de manera simultánea a dos entidades prestadoras del servicio de salud en el régimen contributivo. Un ejemplo, es el del señor José Cristóbal Ríos Rodríguez quien al estar laborando para la empresa Interdiseños Ltda., fue afiliado sistema de seguridad social en salud a través de SaludCoop EPS. Sin embargo, SaludCoop EPS le negó el servicio de urgencia que requirió para su hijo, argumentando que se encuentra afiliado simultáneamente a la EPS del Instituto de Seguros Sociales[1].
2. Cuando una persona se encuentra afiliada tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado. El mejor ejemplo son aquellas personas afiliadas al régimen subsidiado que obtienen una oportunidad laboral, y que comienzan a cotizar para la prestación del servicio de salud en el régimen contributivo, sin embargo nunca se desvinculan del régimen subsidiado porque temen perder el cupo dentro de este régimen.


9: QUE SUCEDE CUANDO AUNA PERSONA ESTA EN UN REGIMEN DE EXCEPCIÓN (ESPECIAL), Y RECIBE INGRESOS SOBRE LOS CUALES ESTA OBLIGADO A UNA COTIZACION A UNA EPS?
EJEMPLO:
Una empresa va contratar una persona pensionada del ejército ( Regimen exceptuado), que esta cubierta por el sistema de salud de esa entidad, se pregunta a que régimen de salud se envían los aportes, al ejército o se puede afiliar a una Empresa Promotora de Salud (EPS)?

R: Se deben enviar los aportes al Fosyga. No puede afiliarse a una EPS.

DEFINICION. Se entiende por regímenes exceptuados aquellos sectores de población que se siguen rigiendo por las normas legales imperantes en sistemas de seguridad social concebidos con anterioridad a la entrada de la vigencia de la ley 100 de 1993, o los que se regulen en forma especial para los mismos.

NO PUEDE HABER DOBLE COBERTURA. con el fin de evitar el pago de doble cobertura y la desviación de recursos, las personas que se encuentren excepcionadas por ley para pertenecer al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no podrán utilizar simultáneamente los servicios del régimen de excepción y del sistema de Seguridad Social en Salud como cotizantes o beneficiarios. Articulo 14 del 
Decreto 1703 de 2002.

Por esta razón cuando una persona afiliada como cotizante a un régimen de excepción, tenga una relación laboral o ingresos sobre los cuales este obligado a cotizar al Sistema General de Seguridad Social en Salud, su empleador o administrador de pensiones deberá efectuar la respectiva cotización al Fosyga en las cuentas bancaria de esta entidad, en el 
Formulario G1de autoliquidación y pago de aportes, definido por la Resolución 1408 de 2002, expedida por el Fosyga.
10: ¿COMO SE DA LA AFILIACION DE LAS MADRES COMUNITARIAS AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL?
Procesos:
Régimen de afiliación de las madres comunitarias
Artículo 17. Afiliación al régimen contributivo. La afiliación de las madres comunitarias del programa de Hogares Comunitarios del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, se efectuará en forma individual al régimen contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud y se registrará como trabajador independiente. Las personas que hacen parte del grupo familiar de la madre o padre comunitario no serán afiliadas al régimen contributivo, serán tenidos en cuenta como población prioritaria para la afiliación al régimen subsidiado conforme lo establece el artículo 1° de la Ley 509 de 1999.
Artículo 18. Declaración especial. En el momento de la afiliación a la Entidad Promotora de Salud seleccionada por la madre comunitaria ésta deberá certificar que no se encuentra afiliada en la actualidad al régimen contributivo en calidad de cotizante o beneficiaria, que hace parte del Programa de Hogares Comunitarios del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y anexará un documento de la Asociación de Padres en donde conste cuál es el valor de la bonificación mensual que recibe por concepto de los servicios prestados a la comunidad.
TALLER 4

1quiénes deben estar afiliados al Sistema General de Riesgos Profesionales (SGRP).Todos aquellos trabajadores que tengan un nexo laboral con una empresa, no importa su tamaño, pueden ser de dos o tres empleados; también las personas del servicio doméstico
• Son afiliados obligatorios al Sistema General de Riesgos Profesionales:



• Los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos;


• Los jubilados o pensionados, excepto los de invalidez, que se reincorporen a la fuerza laboral como trabajadores dependientes, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos.


• El empleador está obligado a afiliar a sus trabajadores desde el momento en que nace el vínculo laboral entre ellos.


• Selección: Los empleadores que tengan a su cargo uno o más trabajadores deben estar afiliados al Sistema General de Riesgos Profesionales
2Qué es el riesgo profesional?
Se define por tanto el riesgo profesional como una situación potencial de peligro ligada directa o indirectamente al trabajo y que puede materializarse con el daño profesional.
Con esta definición se puntualiza que no siempre el riesgo profesional conduce al daño profesional es decir puede existir riesgo sin producirse daño.
Accidente de Trabajo
Se trata de toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. Requisitos:
Que el trabajo sea por cuenta ajena.
Que exista lesión.
Que haya relación causal entre trabajo y lesión.
Enfermedad Profesional  
Es la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifican en el cuadro que se apruebe y que esté provocada por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada una de ellas.

Diferencia fundamental entre ambas
La diferencia fundamental entre ellas es el período de latencia, es decir, el tiempo que pasa desde que se produce la exposición hasta que se produce el efecto. En el accidente de trabajo este período es extremadamente corto y en la enfermedad profesional es largo (desde días hasta años). Cuanto mayor sea, más difícil es reconocer la relación causa-efecto de las enfermedades con las condiciones de trabajo.
Aquellas enfermedades que no están incluidas en el cuadro y que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo, tienen la consideración de accidente de trabajo.

<2como se da la afiliación al sgrp
-Afiliación colectiva en el Sistema General de Riesgos Profesionales
La clasificación del riesgo del trabajador independiente se realizará de acuerdo con la actividad, arte, oficio, o profesión que desempeñe la persona. La Administradora de Riesgos Profesionales, ARP, verificará dicha clasificación.
El afiliado en el momento de la afiliación deberá definir obligatoriamente en escrito anexo, los parámetros de días, horarios, tareas y espacio a los cuales se limita el cubrimiento por el riesgo profesional, el cual no cubre las contingencias ocurridas en horarios adicionales que no estén previa y claramente definidos.
En caso de que la agremiación o asociación se encuentre ya afiliada al Sistema General de Riesgos Profesionales, sus asociados o agremiados deberán afiliarse a la misma Administradora de Riesgos Profesionales. Es obligación de las ARP mantener actualizada la base datos de trabajadores independientes afiliados al Sistema General de Riesgos Profesionales.
El reporte del accidente de trabajo y enfermedad profesional, se realizará por intermedio de las agremiaciones o asociaciones en el término de dos (2) días hábiles siguientes a la ocurrencia del accidente o al diagnóstico de la enfermedad.
-Afiliación trabajadores independientes con múltiples contratos
cuando existen contratos simultáneos el trabajador independiente celebre o realice simultáneamente varios contratos civiles, comerciales o administrativos y desee afiliarse al Sistema General de Riesgos Profesionales, deberá hacerlo por la totalidad de los contratos.
En consecuencia, deberá afiliarse a cada una de las Administradoras de Riesgos Profesionales a las que se encuentren afiliados los diferentes contratantes con los que hubiere celebrado los contratos civiles, comerciales o administrativos a los que se refiere este decreto, dejando constancia de dicha afiliación en los respectivos contratos.
-Afiliación para los aprendices:
En la etapa electiva el patrocinador lo afilia al SGSSS y en la productiva al SGSSS y a la ARP, el patrocinador asume el 100% de la cotización y los aprendices aparecen al sistema como un aportante independiente aprendiz


4¿Cómo se determina la cotización al SGRP?, ¿puede variar el monto de las cotizaciones?


Las tarifas fijadas para cada empresa no son definitivas, y se determinan de acuerdo con:

La actividad económica; 
Índice de lesiones incapacitantes de cada empresa; 
El cumplimiento de las políticas y la ejecución de los programas sobre salud ocupacional, determinados por la entidad administradora de riesgos profesionales correspondiente, de conformidad con los reglamentos expedidos para tal fin por el Gobierno Nacional.

5¿Cómo se distribuyen las cotizaciones del SGRP?
La cotización para el Sistema General de Riesgos Profesionales se distribuirá de la siguiente manera:

El 94% para la cobertura de las contingencias derivadas de los riesgos profesionales, o para atender las prestaciones económicas y de salud previstas en este decreto, para el desarrollo de programas regulares de prevención y control de riesgos profesionales, de rehabilitación integral, y para la administración del sistema;
El 5% administrado en forma autónoma por la entidad administradora de riesgos profesionales, para el desarrollo de programas, campañas y acciones de educación, prevención e investigación de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los afiliados, que deben desarrollar, directamente o a través de contrato, las entidades administradoras de riesgos profesionales, y
El 1% para el Fondo de Riesgos Profesionales
6¿Qué prestaciones otorga el SGRP?


-Subsidio por incapacidad temporal (IT):

IT: Aquella que según el cuadro agudo de la enfermedad le impida al trabajador desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado.

Equivale al 100% del salario base de cotización calculado desde el día siguiente al que ocurrió el AT o se diagnosticó la EP. Lo paga la ARP a la que se encuentre afiliada la empresa a partir del segundo día de la IT. Normalmente se hace por cruce de cuentas empresa-ARP


-Indemnización por incapacidad permanente parcial (IPP):

Se presenta cuando el trabajador afiliado sufre, como consecuencia de un AT o una EP, una disminución parcial, pero definitiva, en alguna o algunas de sus facultades para realizar su trabajo habitual. Con una disminución igual o superior al 5% pero inferior al 50% de su capacidad laboral.



Pensión de invalidez:

Se considera inválida la persona que por causa de AT o EP, no provocados intencionalmente, hubiese perdido el 50% o más de su capacidad laboral y tendrá derecho alas siguientes prestaciones económicas

Montos:

– Si es superior a 50 e inferior al 66% de la pensión es equivalente al 60% del ingreso base de liquidación.

– Si es superior 66% de la pensión es equivalente al 75% del ingreso base de liquidación.

– Si requiere auxilio de otras personas, se incrementa el monto en un 15%.



-Muerte del afiliado o del pensionado por riesgos profesionales

Si como consecuencia del accidente de trabajo o de la Enfermedad profesional sobreviene la muerte del afiliado, o muere un pensionado por riesgos profesionales, tendrán derecho a la pensión de sobrevivientes las personas descritas en el artículo 47 de la Ley 100 de 1993, y su reglamentario.


-Monto de la pensión de sobrevivientes en el sistema general de riesgos profesionales.

El monto mensual de la pensión de sobrevivientes será, según sea el caso:


a) Por muerte del afiliado el setenta y cinco por ciento (75%) del salario base de liquidación;


b) Por muerte del pensionado por invalidez el ciento por ciento (100%) de lo que aquel estaba recibiendo como pensión.

Cuando el pensionado disfrutaba de la pensión reconocida con fundamento en el literal c) del artículo 10 de la presente ley la pensión se liquidará y pagará descontando el quince por ciento (15%) que se le reconocía al causante.


-Auxilio funerario

La persona que compruebe haber sufragado los gastos de entierro de un afiliado o de un pensionado por invalidez del Sistema de Riesgos Profesionales, tendrá derecho a recibir un auxilio funerario igual el determinado en el artículo 86 de la Ley 100 de 1993.

El auxilio deberá ser cubierto por la respectiva entidad administradora de riesgos profesionales. En ningún caso puede haber doble pago de este auxilio.
7¿Qué ocurre cuando se presenta una enfermedad profesional y una ARP asume las prestaciones, pero la exposición al riesgo por parte del trabajador viene desde otras empresas que estaban afiliadas a diferente ARP?

Las prestaciones asistenciales y económicas derivadas de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional serán reconocidas y pagadas por la administradora en la cual se encuentre afiliado el trabajador en el momento de ocurrir el accidente o, en el caso de la enfermedad profesional, 
cuando se presente una enfermedad profesional, la administradora de riesgos profesionales que asume 
las prestaciones, podrá repetir proporcionalmente por el valor pagado con sujeción y, en la misma proporción al tiempo de exposición al riesgo que haya tenido el afiliado en las diferentes administradoras, entidades o a su empleador de haber tenido períodos sin cobertura.


8¿Qué pasa cuando se clasifica una enfermedad profesional y el trabajador ya se encuentra desvinculado del SGRP

. Para enfermedad profesional en el caso de que el trabajador se encuentre desvinculado del Sistema de Riesgos Profesionales, y la enfermedad sea calificada como profesional, deberá asumir las prestaciones la última administradora de riesgos a la cual estuvo vinculado, siempre y cuando el origen de la enfermedad pueda imputarse al período en el que estuvo cubierto por ese Sistema.

La Administradora de Riesgos Profesionales en la cual se hubiere presentado un accidente de trabajo, deberá responder íntegramente por las prestaciones derivados de este evento, tanto en el momento inicial como frente a sus secuelas, independientemente de que el trabajador se encuentre o no afiliado a esa administradora.

Las acciones de recobro que adelanten las administradoras son independientes a su obligación de reconocimiento del pago de las prestaciones económicas dentro de los dos (2) meses siguientes contados desde la fecha en la cual se alleguen o acrediten los requisitos exigidos para su reconocimiento. Vencido este término, la administradora de riesgos profesionales deberá reconocer y pagar, en adición a la prestación económica, un interés moratorio igual al que rige para el impuesto de renta y complementarios en proporción a la duración de la mora. Lo anterior, sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar.
9¿En qué casos se puede suspender las prestaciones económicas otorgadas a un trabajador por una Enfermedad profesional o accidente de trabajo?
R. Las ARP suspenderán el pago de las prestaciones económicas, cuando el afiliado o el pensionado no se someta a los exámenes, controles o prescripciones que le sean ordenados; o que rehúse, sin causa justificada, a someterse a los procedimientos necesarios para su rehabilitación física y profesional o de trabajo.
El pago de estas prestaciones se reiniciará, si hay lugar a ello, cuando el pensionado o el afiliado se sometan a los exámenes, controles y prescripciones que le sean ordenados o a los procedimientos necesarios para su rehabilitación física y profesional o de trabajo.
10 CARACTERISTICAS DEL SGRP


1. Es dirigido, orientado, controlado y vigilado por el Estado

2. Las entidades administradoras del Sistema General de riesgos Profesionales tienen a su cargo la afiliación al sistema y su administración

3. Todos los empleadores deben afiliarse al SGRP

4. La afiliación de los trabajadores dependientes es obligatoria para todos los empleadores

5. El empleador que no afilie a sus trabajadores al SGRP, además de las sanciones legales, será responsable de las prestaciones asistenciales y económicas de ley.

TALLER N°5
1QUE DIFERENCIA EXIXTE ENTRE LA CUOTA MODERADA Y EL COPAGO
La cuota moderadora es el valor que se debe pagar por todo servicio de salud que se utilice y tiene como finalidad la racionalización del uso de los recursos de salud. Si los servicios de salud fueran totalmente gratis, muchas personas acudirían al sistema ante la más mínima dolencia, o aun sin tenerla, pudiendo congestionar el sistema y perjudicar a usuarios que realmente necesiten el servicio.
No debemos pasar por alto que los recursos del sistema de salud son escasos, limitados, y por tanto es preciso racionalizarlos, pues de otro modo la cobertura sería menor llegando a perjudicar a millones de usuarios.
Una cuota moderadora cuyo valor sea $10.000, por ejemplo, hará que una persona con una leve molestia no acuda al médico, ya que le sería mucho más económico en tiempo y en dinero recurrir a la botica del barrio y adquirir un calmante, que en todo caso, será el mismo calmante que el médico del seguro le formará después de tener que hacer una enorme cola. Y como si fuera una broma, es muy factible que los medicamentes que un médico del seguro formule, tengan un costo muy inferior a la cuota moderadora.
El copago, es un pago parcial que el usuario debe realizar por un servicio determinado. Los copagos no son universales como si suele ser la cuota moderadora.
Hay ciertos procedimientos médicos que por su costo u otras situaciones, deben ser financiados en parte por el usuario; es una cofinanciación, donde el usuario paga una parte y la EPS paga otra.
El copago sólo aplica para ciertos procedimientos, mientras que la cuota moderadora aplica para casi todos los servicios, incluso la consulta externa.
2 QUIEN RECAUDA LA CUOTA MODERADA Y EL COPAGO
Cuota moderadora: la EPS en el Régimen Contributivo
Copago: la EPS en el Régimen Contributivo y en el Régimen Subsidiado
Cuotas de recuperación: las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) de la red pública, o las IPS privadas que tengan contrato con el Estado.
Tarifa plena: las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) de la red pública, o las IPS privadas que tengan contrato con el Estado.
3QUIEN PAGA LAS CUOTAS MODERADAS Y EN QUE CASO
Cuota moderadora en el régimen contributivo: Los afiliados cotizantes y los afiliados beneficiarios deben pagar a las EPS cuando reciben los siguientes servicios cubiertos en el POS:
Consulta externa médica, odontológica, o paramédica (no médica).
Consulta externa por médico especialista.
Fórmula de medicamentos para tratamientos ambulatorios. La cuota moderadora se cobrará por la totalidad de la orden expedida en una misma consulta, independientemente del número de medicamentos formulados.
Exámenes de diagnóstico por laboratorio clínico, ordenados en forma ambulatoria y que no requieran autorización adicional a la del médico tratante. La cuota moderadora se cobrará por la totalidad de la orden expedida en una misma consulta, independientemente del número de exámenes incluidos en ella.
Exámenes de diagnostico por imagenología, ordenados en forma ambulatoria y que no requieran autorización adicional a la del médico tratante. La cuota moderadora se cobrará por la totalidad de la orden expedida en una misma consulta, independientemente del número de exámenes incluidos en ella.
En el régimen contributivo las EPS no pueden cobrar cuota moderadora en los casos de urgencia médica o por prescripciones regulares y servicios suministrados dentro de un programa especial de atención integral para patologías específicas en forma programada, como por ejemplo, la atención permanente de la hipertensión arterial o de la diabetes y de pacientes con VIH- Sida entre otros.
Cuota moderadora en el régimen subsidiado: ningún usuario o afiliado está obligado a pagar cuotas moderadoras por los servicios cubiertos en el POS Subsidiado.
4 QUIEN PAGA EL COPAGO Y EN QUE CASOS
Copagos en el régimen contributivo: los afiliados cotizantes no pagan copagos por ningún servicio cubierto en el POS. Los afiliados beneficiarios si deben pagar copago a su EPS cuando reciben atención con servicios cubiertos en el Plan Obligatorio de Salud como por ejemplo hospitalización, procedimientos o tratamientos quirúrgicos, con excepción de los siguientes:
Servicios de promoción y prevención
Programas de control en atención materno infantil
Programas de control en atención de las enfermedades trasmisibles
Eventos y servicios o tratamientos de alto costo que, según el artículo 45 del Acuerdo 029 de la Comisión de Regulación en Salud- CRES-, son:

1. Trasplante renal, de corazón, de hígado, de médula ósea y de córnea.
2. Diálisis peritoneal y hemodiálisis.
3. Manejo quirúrgico para enfermedades del corazón.
4. Manejo quirúrgico para enfermedades del sistema nervioso central.
5. Reemplazos articulares.
6. Manejo médico-quirúrgico del Gran Quemado.
7. Manejo del trauma mayor.
8. Diagnóstico y manejo del paciente infectado por VIH.
9. Quimioterapia y radioterapia para el cáncer.
10. Manejo de pacientes en Unidad de Cuidados Intensivos.
11. Manejo quirúrgico de enfermedades congénitas.
La atención inicial de urgencias
Servicios por los cuales solo se paga cuota moderadora, es decir los servicios ambulatorios de consulta médica, odontológica y consulta por otras disciplinas no médicas, exámenes de laboratorio, imagenología, despacho de medicamentos cubiertos en el POS
Consulta de urgencias
Prescripciones regulares dentro de un programa especial de atención integral para patologías específicas.

Copagos en el régimen subsidiado: todos los usuarios pagan copago por los servicios cubiertos en el POS-S, pero la atención será gratuita (exenta de copagos) para los siguientes grupos de población en caso de ser atendidos con cualquier servicio, actividad, procedimiento e intervención que haga parte del POS-S:
Niños durante el primer año de vida.
Población con clasificación 1 en la Encuesta SISBEN (Cualquier edad).
Poblaciones especiales que se identifiquen mediante instrumentos diferentes al SISBEN, tales como listados censales u otros, siempre y cuando presenten condiciones de pobreza similares a las del nivel 1 del SISBEN tales como:
Población infantil abandonada mayor de un año
Población indigente
Población en condiciones de desplazamiento forzado
Población indígena
Población desmovilizada ( El núcleo familiar de la población desmovilizada una vez identificado mediante la encuesta SISBEN, siempre y cuando se identifiquen en el nivel 1 del SISBEN)
Personas de la tercera edad en protección de ancianatos e instituciones de asistencia social.
Población rural migratoria
Población ROM
Igualmente la atención será gratuita (exenta de copagos) cuando un usuario, independientemente de su edad y condición socioeconómica, reciba los siguientes servicios:
Control prenatal, atención del parto y sus complicaciones
Servicios de promoción y prevención
Programas de control en atención materno infantil
Programas de control en atención de las enfermedades trasmisibles
Eventos y servicios o tratamientos de alto costo que, según el artículo 45 del Acuerdo 029 de la Comisión de Regulación en Salud- CRES-, son:

1. Trasplante renal, de corazón, de hígado, de médula ósea y de córnea.
2. Diálisis peritoneal y hemodiálisis.
3. Manejo quirúrgico para enfermedades del corazón.
4. Manejo quirúrgico para enfermedades del sistema nervioso central.
5. Reemplazos articulares.
6. Manejo médico-quirúrgico del Gran Quemado.
7. Manejo del trauma mayor.
8. Diagnóstico y manejo del paciente infectado por VIH.
9. Quimioterapia y radioterapia para el cáncer.
10. Manejo de pacientes en Unidad de Cuidados Intensivos.
11. Manejo quirúrgico de enfermedades congénitas.
La atención inicial de urgencias
Consulta médica, odontológica y consulta por otras disciplinas no médicas, exámenes de laboratorio, imagenología, despacho de medicamentos cubiertos en el POS del régimen subsidiado
Consulta de urgencias
Prescripciones regulares dentro de un programa especial de atención integral para patologías específicas.
5¿Si estoy inscrito, por ejemplo, en el programa de atención de la hipertensión arterial, en el cual tengo una serie de actividades rutinarias de control, debo pagar cada vez que voy cuota moderadora?
Para los casos, en los cuales el usuario está inscrito o se somete a un programa especial de atención integral para enfermedades específicas, en el cual se debe seguir un plan rutinario de actividades de control, no habrá lugar a cobro de cuotas moderadoras en dichos servicios.
6¿Sólo el nivel 1 del SISBEN está exento de pagar copagos?
Si. Efectivamente, solamente los afiliados del régimen subsidiado en salud clasificados en el nivel 1 del Sisbén o el instrumento que lo remplace están exentos de pagar copagos cualquiera sea la edad y el servicio o la causa de la atención. Dicha disposición está estipulada en la Ley 1122, Capitulo IV, artículo 14, literal g) y en el Acuerdo 365 del CNSSS.
7Debo pagar copago o cuota moderadora cuando recibo atención odontológica?
a- En el régimen contributivo, todo afiliado cotizante y afiliado beneficiario en caso de atención odontológica debe pagar cuota moderadora por la consulta para diagnóstico, examen y recomendación o formulación de tratamiento.
En caso de tratamiento, el afiliado beneficiario en régimen contributivo debe pagar copago por cualquiera de los procedimientos cubiertos en el Plan Obligatorio de Salud, como por ejemplo los de Operatoria (calzas) o de cirugía (extracciones). Como estos tratamientos se suelen hacer en varias sesiones el monto a pagar se calcula con base en el valor total del tratamiento aplicando lo establecido en el Acuerdo 260. El afiliado cotizante no está obligado a pagar copagos en ningún caso o servicio.
b- En el régimen subsidiado sólo se paga copago por los tratamientos cubiertos en el Plan Obligatorio de Salud de dicho régimen, igualmente calculando el monto según lo señala el Acuerdo 260, es decir con base en el valor total del tratamiento y no por cada sesión o por cada vez que el paciente asiste para el mismo.

8¿Una EPS puede cobrar LA CUOTA MODERADA Y EL COPAGO AL MISMO TIEMPO
Para un mismo servicio o cobra una o la otra, pero no ambas.
TALLER N°6
HACER UN MAPA CONCEPTUAL CON LOS FACTORES DE RIESGOS

 TEORIA DE SALUD Y SALUD OCUPACIONAL



Suponga que como ser humano Usted tiene sus aspectos físico, mental y social en total equilibrio, según Io concibe la OMS. ¿Cree Usted que ello es suficiente para tener Un completo bienestar?
No, el bienestar de la persona no depende solo de esos tres factores, es cierto que son muy importantes, sin embargo hay otros factores influyentes como la economía y la educación,estos dos tienen un papel fundamental en la calidad de  vida de las personas. Por eso hay que tener en cuenta que el bienestar de la persona no solamente se basa en lo que es el ser humano (la parte biológica, psicológica, etc) sino también en su ambiente
Por ejemplo una persona física, mental y socialmente equilibrada pude tener una vida saludable, pero si no tiene educación es muy difícil mejorar su calidad de vida en cuanto a la economía, porque sus entradas monetarias se verán reducidas y por lo tanto tendrá otros problemas que se derivaran de allí, como la mala alimentación, vivienda deteriorada, pobreza etc.
Una de las formas como se mide el desarrollo de las comunidades es por su alto nivel de industrialización y consumo de bienes, ¿Considera Usted que el medio ambiente en el que nos desenvolvemos nos permite tener los aspectos biopsicosociales en total equilibrio?  ¿Acaso habrá algo más que falte para tener este bienestar? Cuál es su punto de vista? , Discuta sobre Ia existencia de algunas acciones de intervención o solución a este problema?
De cierta forma el desarrollo de la población tiene una trascendencia importante, mientras más población hay más competencia entre personas y más desarrollo, y desde nuestro punto de vista el equilibrio biopsicosocial se altera un poco pues las personas deben enfrentarse al hecho de encontrar muchos tipos de culturas,personalidades, religiones, creencias etc. que de pronto no van a permitir que haya una buena recepción, por otro lado surgen los clases socioeconómicas y empiezan a generarse las desigualdades y por ende desbalances en la sociedad que traen consigo discordias, desacuerdos e inconformidades; por eso si falta algo; la educación, para poder entender los modos de vida de cada persona y poder entablar relaciones que permitan la existencia de un equilibrio armónico,social, económico, físico y mental.
Qué opina Usted de  tala indiscriminada de bosques, de Ia contaminación de las aguas y del aire, por ejemplo con plaguicidas prohibidos internacionalmente? Cómo podría participar activamente en el control del daño del ambiente?
Todas estas acciones influyen negativamente sobre el ambiente y tienen repercusiones que pueden aparecer en cualquier lugar del planeta, afectando al hombre y todo su entorno.Cuando el daño ambiental lo causa una empresa o una industria, lo que se hace es sancionarla con multas económicas, si una persona causa un daño ambiental puede ser sancionado con la pérdida de su libertad, pero en muchos casos la autoridad ambiental ni siquiera se da cuentade lo que sucede o las sanciones son muy insignificantes. Un control del ambiente efectivo seria actuar contundentemente sobre estas dependencias con castigos como total cierre de industrias por violar o no acatar las normas y castigos severos para quienes la violen individualmente, hay que tener en cuenta que un árbol es un ser vivo y además es el hogar de muchas especies faunísticaspor ello debería considerarse como un asesinato y debería dársele un castigo ejemplar.
Las personas podemos hacer pequeños aportes individuales como implementar el reciclaje y tener un uso racional del papel, la energía y el agua, y así contribuir al cambio en nuestro entorno.
Observe nuestra situación humana a nivel Internacional y Nacional Se podría, hoy por hoy, considerar al hombre un agente causal de enfermedad y de muerte? De que depende que esta humanidad retome Ia senda del bienestar al que estamos llamados?
Definitivamente si, cuando nos referimos al hombre podemos argumentarnos con hechos que han transcurrido durante la historia, como el ataque a Hiroshima con bombas atómicas;en la actualidad, con el uso de la energía nuclear para crear bombas, la manipulación de la pólvora para crear armas de fuego y municiones y muchos otros eventos que han sido causantes de muerte y enfermedad y  no solo eso también pobreza, desplazamiento, miseria y desigualdades. Por otra parte está el medio ambiente con los recursos naturales y los ecosistemas y nos podemos apoyar en hechos como la tala indiscriminada y la quema de bosques y selvas naturales, la contaminación hídrica, la alteración de ecosistemas, el cautiverio de especies faunísticas, etc, todos causados por el hombre.
Para que la humanidad retome la senda del bien debemos partir por nosotros mismo, cada persona debe empezar por sí misma y cambiar la visión cultural, debemos darle cabida a la paz a partir de allí comenzaremos a vivir con valores como la empatía, la igualdad, el amor, el ahorro, el respeto y así entenderemos que es posible cambiar nuestro ambiente.
Analizado el concepto salud en el contexto Usted está sano o enfermo? , Por qué?
Me considero una persona sana, porque gracias a Dios puedo gozar de una salud estable, que pocas veces se quebranta, mentalmente me siento sana, soy una persona normal sin ningún tipo de problema psicológico ni ningún otro por el estilo, socialmente puedo convivir en una sociedad y no tengo problema con ello, así que según la OMS, yo soy una persona saludable, sana.
Analice y presente su punto de vista sobre, Qué se entiende o debiera entenderse por salud ocupacional, como resultado y como disciplina?
Salud ocupacional tiene un concepto muy acertado con el término que le dan las personas al mismo, para mi salud ocupacional es el estado de bienestar de una persona en su sitio de trabajo; si bien salud es el completo bienestar, y ocupacional se refiere a la ocupación, el trabajo o la labor, desde este punto de vista se entendería como ya se ha mencionado (el estado de bienestar de una persona en su sitio de trabajo), sin embargo como resultado debería entenderse como la respuesta que tienen las empresas al plantearse el tema de la salud de sus empleados es decir su protección y como disciplina se entiende como la acción obligatoria que debe realizarse en las diferentes empresas , industrias, etc., para laprevención y protección de y frente los accidentes  y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo y la promoción de la saludpara que una persona pueda atender todos los requerimientos que tenga una labor.
ACTIVIDADES DE TALLER DEL SENA
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES:
El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan .El Sistema General de Riesgos Profesionales establecido en este decreto forma parte del Sistema de Seguridad Social Integral, establecido por la Ley 100 de 1.993.
Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, con las modificaciones previstas en este decreto, hacen parte integrante del sistema general de riesgos profesionales.
EL ARP Y SUS FUNCIONES:
Muchos trabajadores independientes no se afilian a la Administradora de Riesgos Profesionales, sin comprender que en caso de una enfermedad o accidente profesional es mejor el pago que hacen las ARP a la que hacen las EPS y el Fondo de Pensiones
Quienes ejercen su profesión de manera independiente regularmente pagan en Seguridad Social sólo lo correspondiente a Salud y Pensión y NO pagan Riesgos Profesionales, sin tener en cuenta los grandes beneficios económicos que trae su cotización.
No olvidemos que cualquier profesional, incluso el que no está en fábricas o profesiones de alto riesgo, está expuesto a sufrir una enfermedad o un accidente con ocasión a su labor, como es el túnel carpiano problemas visualeses por uso del computador, o lo que se conoce como el Síndrome del Computador . O también está lo improbable, como por ejemplo si le cae en un píe un cajón del archivador de la empresa donde está adelantando la contabilidad.
LA EPS Y SUS FUNCIONES:
1 FUNCIONES DE LAS EPS:
Por delegación del Estado
- Recaudar cotizaciones
- Pagar las licencias de maternidad
- Pagar contenidos No POS (vía tutelas y CTC)
2. Propias (funciones de aseguramiento)
- Administrar la afiliación
- Cubrir las incapacidades por enfermedad general
- Cubrir el POS de sus afiliados, para lo cual:
• Administran el riesgo de salud
• Organizan la red de servicios
• Gestionan el costo de salud
¿QUE ES LA EPS?
Organizaciones privadas califican como Empresas Promotoras de Salud (EPS) basándose en la infraestructura, capital, número de usuarios afiliados, funcionalidad y cubrimiento. Las EPS deben garantizar a sus afiliados el POS y para cumplir con esa obligación deben conformar una red de servicios con sus propias instituciones de salud o contratando servicios con otras empresas prestadoras de salud o IPS.
QUE ES SALUD OCUPACIONAL:
Este tema trata significativamente de la salud – enfermedad como el resultado de las múltiples e interactuantes circunstancias de la vida. Comúnmente se cree que una persona sana es aquella que no tiene un mal físico que le impida valerse por sí misma, pero esta concepción es incompleta; comprender el verdadero significado de la salud permitirá tomar conciencia de su exacta dimensión y apreciar lo que vale su conservación para la proyección de vida.
La calidad y nivel de vida de los hombres en una sociedad están claramente Determinados por las posibilidades que cada individuo tiene y aprovecha para satisfacer Sus necesidades. Será de gran importancia visualizar de qué manera influyen estas Posibilidades en la salud de los individuos y cómo se logra alterar el ecosistema en Procura del bienestar de todos.
Se destacarán los siguientes aspectos de la salud en el hombre: el físico, el cual es Necesario proteger con el máximo empeño, ya que está expuesto directamente a las
Condiciones de riesgo en el trabajo y es allí donde más se evidencian los efectos de la Falta de prevención; el mental, que es la fuente de la energía del hombre, fundamento Del crecimiento y la proyección de los individuos en la comunidad, y el social que Determina las posibilidades del hombre, para que asociado con sus semejantes, genere Su nivel y calidad de vida.
¿QUE ES SEGURIDAD INDUSTRIAL?
Esta principalmente en la protección ocular y en la protección en las extremidades, ya que 25% de los accidentes ocurren en las manos, y el 90% de los accidentes ocurren por no traer consigo los elementos de seguridad pertinentes para realizar la actividad asignada. La seguridad industrial lleva ciertos procesos de seguridad con los cuales se pretende motivar al operador a valorar su vida, y protegerse a sí mismo evitando accidentes relacionados principalmente a descuidos, o cuando el operador no está plenamente concentrado en su labor. Éste es uno de los principales motivos, ya que el 94% de los accidentados mencionan que no se dieron cuenta del peligro de sufrir el accidente hasta que ya era demasiado tarde
ACTIVIDAD 2:
LA SALUD SEGÚN LA OMS
“La SALUD es el completo bienestar FÍSICO, MENTAL y SOCIAL del individuo y no solamente la ausencia de enfermedad”, el hombre es un ser complejo que tiene un aspecto físico como psicológico desde ahí se puede decir que el hombre tiene buen estado físico cuando no le falta ninguna extremidad y porque su sistema nervioso está bien ya que este se puede mover y puede hacer varias cosas.
El hombre como unidad psicobiológica es por naturaleza un ser social que tiende en todo momento a conformar grupos y comunidades mediante las que promueve su desarrollo.
Pero para poder vivir en comunidad, ha tenido que idear formas de convivencia, regidas por las normas y leyes que regulan los intereses, deberes y derechos de los individuos.
Esta interacción es la que constituye el ASPECTO SOCIAL.
Estos aspectos
Físico
Social
Mental
Han servido para definir la Salud, los ilustra la OMS mediante un triángulo equilátero, en el cual cada lado representa un aspecto en cuestión y simboliza el equilibrio, si sus tres lados permanecen iguales. Pero en la vida diaria cada lado o aspecto del triángulo esa tacado por múltiples factores de riesgo que los modifican.
Si un lado se modifica, inevitablemente los otros lados se verán afectados y el equilibrio se rompe
COMO SE RELACIONA ESTOS COMPONENTES:
Cada componente es como una parte del cuerpo del ser humano y sin ellas este no puede trabajar, las tres tienen que estar conjuntas para que el hombre progrese en su vida y si una se ve afectada estas también se ven vulneradas en el sentido de:
Por ejemplo el hombre no puede producir si este no tiene un buen sistema nervioso o si le falta alguna extremidad, pues esto le aria mas difícil el trabajo, en lo social también por que un hombre está siempre destinado a socializarse peo si este se aleja no tendrá una buena relación con sus compañeros.
QUE ES LA TRIADA ECOLÓGICA:
Lo que define es que si la estructura anatómica o las funciones orgánicas del hombre o mujer no presentaban ninguna disfunción, entonces se calificaba como sano; en caso contrario, éste se encontraba enfermo. Esta teoría ha sido llamada TRIADA ECOLÓGICA debido a que en su concepción intervienen tres elementos: el huésped, el ambiente y el agente causal.
El hombre es un organismo, que al habitar en un ambiente se expone a la acción de los agentes causales de enfermedad con los cuales interactúa y lo hacen hospedero de la enfermedad, entendida como la alteración o desequilibrio netamente físico.
LA RELACION QUE AHÍ ENTRE EL TRABAJO Y LA SALUD:
La relación entre el trabajo y la salud es que los dos van de la mano ya que sin el trabajo la salud y el sistema físico de el hombre se va deteriorando hasta que se vuelve vulnerable y no explota lo máximo de su corporalidad, para conseguir un progreso, también cuando la salud se ve afectada el cuerpo no puede hacer nada porque se siente mal y se van las ganas de trabajar y esto es perjudicial para el cuerpo porque sin reacción este se deteriora mucho más.
ACTIVIDAD 3:
QUE ES UN RIESGO Y SU CLASIFICACION:
Un riesgo es Cuanto mayor es la vulnerabilidad mayor es el riesgo (e inversamente), pero cuanto más factible es el perjuicio o daño mayor es el peligro (e inversamente). Por tanto, el riesgo se refiere sólo a la teórica "posibilidad de daño" bajo determinadas circunstancias, mientras que el peligro se refiere sólo a la teórica "probabilidad de accidente o patología" bajo determinadas circunstancias, sucesos que son causas directas de daño.
TIPOS DE RIESGO:

• Riesgo laboral

• Riesgo de accidente

• Riesgo de patología

• Riesgo geológico

• Terremotos o Sismos (en América)/ Seísmos (en España)

• Erupciones volcánicas

• Corrimiento de tierra

• Riesgo financiero

• Riesgo de Crédito

• Riesgo de Liquidez

• Riesgo de Mercado

• Riesgo Operacional

• Riesgo Reputacional

• Riesgo biológico

• Infección viral

• Epidemia

QUE ES RIESGO PROFESIONAL:
Se define por tanto el riesgo profesional como una situación potencial de peligro ligada directa o indirectamente al trabajo y que puede materializarse con el daño profesional.
Con esta definición se puntualiza que no siempre el riesgo profesional conduce al daño profesional es decir puede existir riesgo sin producirse daño.
CLASIFICACION DE TIPOS DE RIESGO PROFESIONAL

 Fundiciones

 Envasado de sustancias químicas

 Hospitales generales

 Cría y manejo de animales

 Centros de educación

Por CLASIFICACION de riesgo:

 Clase V Riesgo máximo

 Clase IV Riesgo alto

 Clase III Riesgo medio

 Clase II Riesgo bajo

 Clase I Riesgo mínimo

EJEMPLO:
CLASE V Fundiciones
CLASE IV Formulación de sustancias químicas
CLASE III Hospitales generales
CLASE II Zootecnia, cría de animales domésticos y veterinaria
CLASE I Centro de educación
FACTORES DE RIESGO:
Los siguientes son los factores de riesgo:
De tipo físico:
Son todos los fenómenos de naturaleza física no mecánicos que se presentan durante el trabajo y que pueden causar enfermedades y lesiones orgánicas a los trabajadores.

 Ruido

 Vibraciones

 Electricidad estática.

 Radiaciones ionizantes (rayos x, gamma, alfa, beta, neutrones)

 Radiaciones no ionizantes (ultravioleta, infrarrojos, microondas, radiofrecuencias, láser)

De tipo químico
Son todos los organismos o materiales contaminados que se encuentren en los lugares o áreas geográficas de trabajo que pueden transmitir a los trabajadores expuestos patologías, directa o indirectamente Organismos microscópicos como bacterias, virus, hongos, parásitos. Organismos macroscópicos como ácaros (piojos), artrópodos (garrapatas). Personas y animales enfermos o portadores sanos. Basuras.
Vectores como zancudos del paludismo, dengue, Leishmaniosis.
Animales venenosos como serpientes, alacranes.
Vegetales tóxicos o irritantes. Son todas las sustancias o materiales que según su estado, naturaleza, condiciones físico - químicas y presentación pueden causar alteración del ambiente, enfermedades o lesiones a los trabajadores.
-Aerosoles:
Polvos
Humos.
Neblinas
- Gases y vapores
- Sólidos
- Líquidos
De tipo biológico
Son todos los organismos o materiales contaminados que se encuentren en los lugares o áreas geográficas de trabajo que pueden transmitir a los trabajadores expuestos patologías, directa o indirectamente
Organismos microscópicos como bacterias, virus, hongos, parásitos.
Organismos macroscópicos como ácaros (piojos), artrópodos (garrapatas).
Personas y animales enfermos o portadores sanos.
Basuras.
Vectores como zancudos del paludismo, dengue, Leishmaniasis.
Animales venenosos como serpientes, alacranes.
Vegetales tóxicos o irritantes
De tipo disergonómico:
Existen factores de riesgo de tipo psicosocial debido al tipo y organización del trabajo, que producen importante fatiga muscular en los trabajadores y a su vez afectan la psiquis y las relaciones sociales de los trabajadores en el ámbito laboral y familiar, tales como:
Posiciones inadecuadas del cuerpo:

 Sentado

 De pie

 Encorvado

 Acostado

 Posturas inadecuadas del cuerpo:

 Rotada

 Flexionada

 Extendida

 Encogida

Son todos aquellos factores de riesgo generados por la organización del trabajo o de la sociedad circundante (extralaboral), que pueden producir en los trabajadores tensiones emocionales desagradables, repetitivas y prolongadas. Ellos son:
. Los turnos rotativos
. Los turnos nocturnos
. Las tareas monótonas
. Las tareas repetitivas
. Alta concentración. Inestabilidad laboral
. Exceso de actividad psíquica y Responsabilidad
. Inseguridad laboral y extralaboral
. Alta decisión
. Tareas fragmentadas
. Tareas sin valorar
. Autoritarismo
. Procedimiento peligroso.
. Relaciones interpersonales tensas
De tipo mecánico:

 Motores primarios sin protecciones

 Máquinas peligrosas y sin protecciones

 Herramientas defectuosas

 Transmisión de fuerza sin protecciones

 Aparatos de izar operados inseguramente

 Vehículos sin mantenimiento preventivo

 Sistemas de protección deficientes o faltantes

 Sistemas de control obstruidos

 Sistemas eléctricos en mal estado

De Tipo físico - químico:
Sustancias y materiales peligrosos, cortocircuitos causantes de Incendio
Sustancias y materiales peligrosos causantes de explosiones
De tipo instalaciones y superficies de trabajo en mal estado
*Pisos
* Paredes
*Ventanales
*Techos
*Escalas
*Andamios
*Área de circulación
*Área de almacenamiento
*Áreas de máquinas
*Sistemas de desagües
Empresas vecinas peligrosas
Instalaciones eléctricas
De Tipo procedimientos peligrosos:
* Trabajos en altura
* Trabajos en subsuelo
* Trabajos entre máquinas
* Trabajos en áreas confinadas
* Trabajos en circuitos vivos
* Incentivos inadecuados
* Sistemas de protección inadecuados o faltantes
* No uso de elementos de protección personal
De tipo orden y aseo deficientes
* Herramientas en lugar inadecuado
* Espacios desorganizados
* Almacenamiento inadecuado
* Apilamiento desordenado
* Cosas inservibles
* Pasillos bloqueados
* Rincones sucios y atestados
* Estantes sobrecargados
* Cajones y recipientes muy llenos
* Objetos fuera del sitio apropiado
EJEMPLO:
En un hospital cuando no se tiene un buen manejo de los suplementos y por ejemplo el cuerpo médico a veces se ve afectado gracias a que hi descuidos , por ejemplo una enfermera atendiendo a un enfermo de sida y no tire la jeringa y le aplique alguna sustancia con la misma jeringa a otra persona ,esto produciría un contagio .
ACTIVIDAD 4:
¿QUE ES LA PREVENCION DE LOS RIESGOS OCUPACIONALES?
La prevención de los riesgos ocupacionales se constituye en la actividad fundamental de la Salud Ocupacional. Muchos son los proverbios que ilustran la importancia de la prevención y uno de ellos es “Vale más prevenir que tener que curar” .Pero la prevención por sí sola no es una tarea fácil y además carente de metodología; por el contrario, se necesitan conocimientos multidisciplinarios y organización empresarial para poder llevarla a cabo, de tal manera que se garantice su pertinencia y eficacia. El SENA le propone en este curso, realizar una evaluación sobre su participación como persona, para crear una cultura del auto cuidado que permita detectar, reducir o eliminar los riesgos en su entorno oportunamente.
A continuación Usted podrá observar en el esquema los pasos de la secuencia metodológica seguida en la prevención de los factores de riesgo.
LA INSPECCION DE SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL
Por inspección de seguridad e higiene ocupacional se entiende la actividad mediante la cual se IDENTIFICAN y LOCALIZAN los diferentes factores de riesgo presentes en las áreas de trabajo de la empresa, para luego seleccionar las alternativas de control apropiadas, antes de que se presenten los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.
Los procesos que se realizan en las diferentes empresas obligan a efectuar inspecciones de seguridad e higiene ocupacional efectivas, con el fin de mantener a los empresarios y trabajadores informados sobre los problemas que pueden afectar adversamente la competitividad de las empresas, la salud y la integridad física de los trabajadores.
PANORAMA DE FACTOR DE RIESGO:
En una empresa, el Panorama de Factores de Riesgo (diagnóstico) será el que le permita elaborar las pautas de orientación del Programa de Salud Ocupacional en los sitios de trabajo, pues mediante su utilización se identifican los factores de riesgo y se localizan las fuentes que los causan, las áreas y la población amenazada y los posibles efectos que ellos producen en el hombre y el ambiente. En una palabra, el Panorama de Factores de Riesgo es el instrumento de diagnóstico de la Salud Ocupacional en la empresa.
PARA QUE UTILIZA EL PARONAMA DE FACTOR DE RIESGO:
*El Panorama de Factores de Riesgo de una empresa se utiliza para:
1. Relacionar los factores de riesgo existentes en la empresa y los efectos para la salud de sus trabajadores, de tal manera que permita prescribir los planes y programas de salud ocupacional con el propósito de controlar los factores de riesgo.
2. Las Administradoras de Riesgo Profesionales (ARP) lo usarán al igual que la empresa, para valorar los avances en el programa de Salud Ocupacional.
3. Visualizar su localización en el mapa de factores de riesgo, la cantidad y las áreas que afectan, de tal manera que se puedan tomar las medidas necesarias para su eliminación
ACTIVIDAD 5:
¿Qué es un accidente de trabajo?
Se considera un accidente de trabajo cualquier lesión corporal para un trabajador que es consecuencia del trabajo realizado partiendo de una orden ajena. Dentro de la tipificación de lesiones de trabajo se incluyen aparte de las lesiones físicas, las lesiones psicológicas, morales o de dignidad de las personas. Los empleadores generalmente están obligados a cubrir los riesgos por la ejecución de algún trabajo y se establecen los seguros de accidente, invalidez y demás. Generalmente el empleador está obligado a acudir a una administradora de riesgos profesionales, que se encargará de cubrir las posibles consecuencias de un accidente de trabajo.
CAUSAS DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO:
Los accidentes ocurren porque la gente comete actos incorrectos o porque los equipos, herramientas, maquinarias o lugares de trabajo no se encuentran en condiciones adecuadas. El principio de la prevención de los accidentes señala que todos los accidentes tienen causas que los originan y que se pueden evitar al identificar y controlar las causas que los producen.
Causas Directas
Origen humano (acción insegura): definida como cualquier acción o falta de acción de la persona que trabaja, lo que puede llevar a la ocurrencia de un accidente.
Origen ambiental (condición insegura): definida como cualquier condición del ambiente laboral que puede contribuir a la ocurrencia de un accidente.
No todas las acciones inseguras producen accidentes, pero la repetición de un acto incorrecto puede producir un accidente.
No todas las condiciones inseguras producen accidentes, pero la permanencia de una condición insegura en un lugar de trabajo puede producir un accidente.
Origen Humano: explican por qué la gente no actúa como debiera.
-NO SABER: desconocimiento de la tarea (por imitación, por inexperiencia, por improvisación y/o falta de destreza).
- No poder:
Permanente: Incapacidad física (incapacidad visual, incapacidad auditiva), incapacidad mental o reacciones sicomotoras inadecuadas.
Temporal: adicción al alcohol y fatiga física.
- No querer: Motivación: apreciación errónea del riesgo, experiencias y hábitos anteriores.
Frustración: estado de mayor tensión o mayor agresividad del trabajador. Regresión: irresponsabilidad y conducta infantil del trabajador. Fijación: resistencia a cambios de hábitos laborales.
QUE ES UN ACTO INSEGURO:
Una gestión preventiva no puede olvidar las actitudes de los trabajadores, factor psicosocial asociado a sus conocimientos y predisposiciones afectivas.
La observación debe partir del cumplimiento o no de los procedimientos de prevención por parte de los trabajadores y de si dicho comportamiento puede ser considerado como un acto inseguro o responde a factores organizativos. Cuando esté claro podrán plantearse las medidas adecuadas en cada caso concreto.
10 EJEMPLOS:
*cuando la persona se arriesga en una empresa de químicos y no usa tapabocas o protección.
*cuando en los cultivos no son frecuentemente fumigados, esto generan plagas y aumento de insectos.
*cuando los ganaderos no tienen cuidado con las enfermedades de los animales, y no los vacunan y no usan protección.
*cuando un trabajador de una construcciones altas no tiene la seguridad para no caer.
*cuando no hay educación y la persona maneja material inflamable sin protección.
*cuando no hay orden y se dejan materiales en el piso peligrosos a la ora de caminar.
*en un avión no tener el conocimiento de este y hacer daños en los sistemas de este.
*cuando no hay ventilación en un ambiente cerrado.
*cuando se excede en la presión de las personas a nivel mental y física.
*cuando no se tiene conocimiento en las maquinarias y esto puede llegar a un accidente.
CONDICION AMBIENTAL PELIGROSA:

 La falta de ventilación.

 Contaminación por parte de humo o químicos

 Falta de higiene con respecto a la limpieza del lugar

 Falta de luz

 Contaminación por parte lumínica


 Cables o herramientas en el suelo obstruyendo el paso

 Falta de señalamiento con respecto vías de emergencia y ubicaciones

 Falta de seguridad con las instalaciones eléctricas

 Falta de control con gases peligrosos

 Falta de seguridad y mantenimiento con las tuberías de agua.

QUE ES UN INCIDENTE:
Evento que da lugar a un accidente o que tiene el potencial para producir un accidente (Un incidente en que no ocurre ninguna lesión, enfermedad, daño, u otra pérdida es denominado también "cuasi - pérdida"". El término "incidente" incluye las "cuasi - pérdidas
QUE ES UN ACCIDENTE?
Evento indeseado que da lugar a la muerte, enfermedad, lesión, daño u otra pérdida.
La participación humana en los accidentes se sitúan entre el 70 y 95%, además hay factores técnicos, de organización y de la propia conducta.
Como por ejemplo, orden y aseo deficiente, mantenimiento inadecuado y adaptación insuficiente del hombre a los equipos, no uso o uso inapropiado de los equipos de protección personal, el no cumplir los procedimientos e instrucciones, uso y abuso de alcohol, drogas y estimulantes.
CUANDO SE ACEPTA UN ACCIDENTE Y CUANDO NO:
Para efectos legales se considera accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes provenientes del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte
No se consideran accidentes de trabajo:
El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las cuales fue contratado el trabajador, tales como labores recreativas, deportivas o culturales, incluidas las previstas en el Artículo 21 de la Ley 50 de 1990, así se produzca
durante la jornada laboral, a menos que actúe por cuenta o en representación del empleador.
El accidente sufrido por el trabajador, fuera de la empresa, durante los permisos remunerados o sin remuneración, así se trate de permisos sindicales.
ACTIVIDAD 6:
QUE ES LA INVESTIGACION EN UN ACCIDENTE?
Una vez que el accidente ocurre, se hace necesario, investigar sus causas con el fin de esclarecer la responsabilidad que recae sobre el empresario y el trabajador y la que asume la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP) frente a la empresa.
La investigación de un accidente puede realizarse utilizando diferentes métodos, pero todos ellos, deben permitir establecer la secuencia de causalidad que se dio en el evento para que ocurriera.
OBJETIVO DE EL INFROME DE UN ACCIDENTE:
*Esclarecer la responsabilidad que la empresa y el trabajador tienen en su ocurrencia,
Con el fin de establecer los controles necesarios para evitar futuros accidentes.
* Asumir o transferir la responsabilidad de pagos a que diere lugar la ley vigente, sean Éstos por incapacidad, invalidez o muerte del trabajador accidentado.
* Llevar un registro estadístico que permita realizar programas de vigilancia Epidemiológica.